lunes, 29 de noviembre de 2010

COSAS QUE TODOS DEBEN CONOCER ACERCA DE SU ABOGADO

·       El Abogado duerme. Puede parecerle hasta mentira, pero su Abogado  necesita dormir como cualquier otra persona. Sólo llame a su celular o al teléfono de la casa en caso de real emergencia, de lo contrario, llame a su estudio. 
·         Su Abogado come. Parece increíble, pero es verdad. Necesita alimentarse y tiene adecuado un horario para hacerlo.
·         Esta es quizás la más increíble de todas: su Abogado puede tener familia, y de hecho generalmente la tiene. Por eso debe y desea dedicarle tiempo y disfrutar de ella. 
·         También siendo el Abogado  persona como cualquier otra, necesita descansar el fin de semana. El domingo a las 22 horas definitivamente no es un horario adecuado para leerle una carta documento que  recibió el martes anterior a las 15 horas. 
·         El Abogado, como cualquier ciudadano, necesita dinero. ¡Esa sí que no se la esperaba!. Por eso no vaya a la consulta pensando en no pagarle, aunque parezca increíble hay clientes que preguntan: ¿y me va a cobrar?,
(¿A la tienda va uno sin dinero?, ¿UD. TRABAJA SIN COBRAR....?).
Si es gentileza de su Abogado no cobrarle, manifiéstele como cliente su gratitud, el abogado tiene además de necesidades gustos, regale un detalle. (hay clientes que se hacen que no sabían, pues vayan enterándose)...
·         su Abogado al igual que Usted en su casa, necesita realizar pagos de servicios como renta, teléfonos (celular y domiciliario), agua, luz, aseo,  etc.
·         Leer y estudiar también es trabajo. Trabajo serio. Por favor, pare de reírse, ¡ no es una broma !. Cuando un Abogado está concentrado en un libro nuevo o en una revista especializada se está actualizando como profesional, por lo tanto está trabajando.
·         De una vez por todas, vale aclarar definitivamente: el Abogado no es vidente, ni brujo, ni mago, no consulta el Tarot, ni tiene la bola de cristal. Si eso es lo que Ud. esperaba de él lamentamos defraudar su expectativa. Contrate un Paranormal o un Detective.
·         En reuniones de amigos o fiestas de familia, su Abogado  deja de ser “el Abogado” y reasume su condición de amigo o pariente. No le pida consejos, opiniones, etc. Él también tiene derecho a divertirse, Es incomodo e impropio que le consulten en una reunión social...
·         El celular es una herramienta de trabajo. Por favor hable sólo lo necesario.
·         Pedir lo mismo varias veces NO hace que su Abogado trabaje más rápido.
·         Si el horario de trabajo es hasta las 19 horas, no significa que Usted puede llamar a las 18:58 horas.

Pregúntele por teléfono ¿puede contestarme Dr.?, POR FAVOR UN POCO DE PRUDENCIA Y CONSIDERACIÓN - que tal si está manejando, evacuando, comiendo, copulando, durmiendo, etc.....EL ABOGADO ES HUMANO......
·         Cuando el abogado explica algo no lo bombardee con miles de preguntas. Por favor, escuche primero y pregunte después.
·         El Abogado no inventó las frases “lo barato sale caro” ni “quien mal paga, paga el doble”. Pero está de acuerdo con ellas.
·         Finalmente, el Abogado es también un hijo de la madre naturaleza y no de aquella en quien está Usted pensando.
Usted ha aprendido algunas cosas sobre el Abogado, compártalas con sus amigos, familiares y vecinos.

SU ABOGADO, SE LO AGRADECERÁ!!!
 Este correo me fue enviado en dias pasados, y quiero compartir con ustedes amables lectores.



martes, 2 de noviembre de 2010

LA PENA DE MUERTE EN COLOMBIA COMO MECANISMO DE DEFENSA

PENA DE MUERTE EN COLOMBIA

La pena capital o pena de muerte consiste en la ejecución de una persona por parte del estado, la cual ha sido juzgada por un delito grave y vencida en jucicio criminal.

Las cartas politicas que fueron expedidas en colombia durante el siglo XIX, 1821, 1830, 1843, 1853, 1858 y 1886, y sus codigos penales nacionales de 1837 y 1890, e incluso el codigo penal del estado de cundinamarca de 1858, desconocieron la proteccion del derecho fundamental a la vida humana, solamente el acto legislativo numero 3 de 1910, puso termino final a esa practica patibularia, que en nuestro medio hundia sus raices en lo mas lejano de los tiempos precolombinos y de dominacion española, y que ni siquiera la independencia logrô desterrar.  (La pena de muerte en colombia, 1821-1910, Hector Elias hernandez Velasco).

Respetar la vida, es un imperativo ético, un principio religioso, una norma del derecho natural,   por lo tanto, cada vez que se ejecuta a una persona se anula el derecho natural, la ley evangélica y la justicia, previa a cualquier ley positiva. 

¿Sera que los sicarios son ateos?
En Colombia han ocurrido hechos violentos contra los niños de la nación, caso como el de Luis Alfredo Garavito quien violó y asesinó a más de ciento cincuenta niños, el de Orlando Pelayo quien ordenó matar a su hijo de 11 meses, los de cientos de hombres y mujeres que abusan de los niños y niñas de nuestro pais,  y el de terroristas que en un minuto acaban con centenar de vidas o en el peor de los casos las dejan con lesiones físicas y traumas mentales imposibles de rehabilitar; el código penal colombiano los cobija por el sólo hecho de aceptar su culpabilidad, y en la mayoria de los casos les conceden rebajas extraordinarias, o en su defecto van a pagar las penas irrisorias en sus casas, con el arguemnto de algunos colegas Jueces de la Republica, de que no representan un peligro para la sociedad.

¿Sera que a cualquier persona que le hayan asesinado un ser querido, podrian justificarle las condenas irrisorias de algunos Jueces de nuestra amada republica?.

¿Qué castigo merece una persona que tortura, viola, o asesina personas?

¿Acaso la cárcel, lugar donde le es rebajada la pena, o su domicilio?.

Entonces, ¿qué pasa con las madres, viudas y huerfanos  de esta clase de personas?

La ejecución de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por casi todas las sociedades en un momento u otro de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disensión política. Actualmente el uso de la pena de muerte ha sido abolido en casi todos los países europeos (excepto Bielorrusia), y la mayoría de los correspondientes a Oceanía (como Australia, Nueva Zelanda y el Timor Oriental). En América, Canadá y la mayoría de países latinoamericanos han abolido completamente la pena de muerte, mientras que los Estados Unidos de América, Guatemala y la mayoría de los estados del Caribe la mantienen en vigor, y Brasil la contempla como castigo en situaciones excepcionales, como por ejemplo para castigar la traición cometida en tiempo de guerra. En Asia la pena de muerte está permitida en democracias como el Japón y la India. En África, se aplica aún la pena de muerte en democracias como Botswana y Zambia.

Quiero pues, plantear el debate, ya que veo la necesidad de implementar este mecanismo como mecanismo de defensa de nuestra sociedad colombiana, y nos permita vivir en tranquilidad a todos los colombianos, que estamos cansados de tanta violencia, de tantos delitos atroces cometidos por una minoria en detrimento de la gran mayoria.